sábado, 9 de abril de 2011

Asignación de tareas fuera del país - Oposición del empleado

Es habitual en las empresas multinacionales asignar, a aquellos empleados que se destacan en sus funciones, tareas fuera de su país de origen en filiales o subsidarias de la misma. Ello no solo resulta un reconocimiento al empleado por el desempeño de sus funciones sino que, principalmente, representa la posibilidad de obtener un conocimiento global del negocio de la compañía y así ver al mismo tiempo potenciadas sus posibilidades de crecimiento dentro de la organización.

Si bien no es una situación habitual, puede suceder que nos encontremos con el caso de que un empleado al que se le asignan funciones en el exterior no este de acuerdo con dicha decisión de la empresa y en consecuencia no quiera acatar la misma . 

En el marco de la legislación argentina, el empleado podría interponer una medida cautelar invocando una modificación abusiva de las condiciones de trabajo en su aspecto esencial (ejercicio abusivo del ius variandi). Con ello puede suspender la ejecución de la medida decidida por la empresa en forma unilateral y requerir continuar cumpliendo sus funciones habituales hasta dicho momento. En caso de que la empresa se mantenga en su postura, la disolución del vinculo laboral (con el pago de las correspondientes indemnizaciones) podrá ser invocada por el empleado.

La situación planteada demuestra la importancia de que todo tipo de modificación (aunque resulte prima facie ventajosa) debe ser consensuada por las partes del contrato de trabajo.

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